Certificados digitales empleados
En esta sede electrónica se utilizan certificados emitidos por la Agencia Catalana de Certificación, con las finalidades siguientes:
- Identificar y garantizar la comunicación segura con la sede electrónica: certificado de sede electrónica.
- Identificar y autenticar el ejercicio de la competencia en la actuación administrativa automatizada: certificado de sello de órgano.
Certificados admitidos
Según la Ley 6/2020, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza, un certificado electrónico es un documento firmado electrónicamente por un prestamista de servicios de certificación que vincula unos datos de verificación de firma (clave pública) a un firmante y confirma la identidad.
Los certificados digitales admitidos para acceder a los servicios que se ofrecen dentro de la Sede electrónica son los emitidos por las siguientes entidades prestamistas de servicios de certificación:
- Agencia Catalana de Certificación
- DNIe
- Fábrica Nacional de Moneda y Timbre (FNMT)
- Camerfirma
- Firmaprofesional
- Asociación Nacional de Fabricantes
- Autoridad de Certificación de la Abogacía
- Agencia Notarial de Certificación
- Autoritat de Certificació de la Comunitat Valenciana
- Izenpe
Consulte los enlaces de cada entidad para ver como obtener el certificado digital correspondiente.
De acuerdo con el que establece el artículo 38.6 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público, para identificarse y garantizar la seguridad de la comunicación, cualquier sede electrónica tiene que utilizar sistemas de firma electrónica basados en certificados de dispositivo seguro, o medios equivalentes.
Los certificados digitales de sede electrónica tienen la utilidad de asegurar que las relaciones de los ciudadanos se realizan a través de un canal seguro y de una oficina pública en línea reconocida, que no permite la intrusión malintencionada de terceros.